Condiciones promoción «Dame un KISS»

BASES DEL CONCURSO “DAME UN KISS”

Primera.-  OBJETO

EUROJUEGO STAR S.A. (en adelante EUROJUEGO STAR), con domicilio en C/ Velázquez, 50, 6ª planta, 28001 de Madrid y CIF A86241684, como operador de juego, organiza concursos interactivos en la emisora KISS FM. Dichos concursos se ajustarán a lo establecido en las presentes reglas particulares.

El operador de telecomunicaciones que provee los servicios necesarios para el desarrollo y la participación en esta promoción es ALTERNA PROJECT MARKETING S.L certificada por PriceWaterhouseCoopers (PWC).

Segunda.-Normas aplicables al concurso

EUROJUEGO STAR pone a disposición de los usuarios el número de atención al cliente 902 210 230 y la dirección de correo electrónico info@eurojuego.es.

El concurso se rige por las presentes reglas particulares accesibles en la dirección www.eurojuegostar.es, así como por la Reglamentación básica aprobada por Orden EHA/3084/2011, de 8 de noviembre, y sus normas de desarrollo. El mero hecho de la participación, por cualquiera de los medios contemplados en estas reglas implica la aceptación incondicional de las mismas, así como del contrato de juego, sin perjuicio de la aceptación expresa posterior de éste en caso de obtención de premio.

Tercera.-Ámbito

El concurso, así como la comunicación del mismo se efectuará en territorio nacional, a través de los medios publicitarios de KISS FM.

Cuarta.- Duración

El inicio de la promoción será el 12 de diciembre 2016 y finalizará el día 23 de diciembre de 2017.

Quinta.- Participación

Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas físicas, mayores de 18 años que sean residentes dentro del territorio español que actúan conforme al procedimiento aquí descrito. No podrán participar los empleados ni sus familiares directos (incluyendo las parejas de hecho), de los organizadores ni del Medio de Comunicación así como sus familiares directos hasta segundo grado de parentesco. Se podrá invalidar cualquier participación de personas que hayan sido asistidas por quienes tienen prohibida su participación tal y como establece la ley 13/2011 de 27 de Mayo.

Sólo se admitirán 100 participaciones por concursante y día. A estos efectos, se considera concursante a cada número de teléfono desde el que se envían mensajes. El operador de juego sólo computará los mensajes que no superen dicho límite. El operador de juego no responde del coste que el operador de telecomunicaciones que presta al usuario el servicio de acceso a la red cobre al usuario por las llamadas o mensajes que excedan de dicho límite.

La participación se concretará mediante el registro del participante a través de las siguientes vías:

  • Enviar un mensaje de texto (SMS) desde un teléfono móvil al número corto con la palabra clave que se publicite en los medios publicitarios de KISS FM (con un coste 1,23 Precio Total)

Sexta.- Ganadores

La comunicación de los ganadores se efectuará por teléfono en el momento en que sean seleccionados como tal. Para convertirse en ganador, el participante deberá descolgar el teléfono cuando reciba una llamada en directo desde un programa de KISS FM, antes de sonar el quinto tono de llamada. Si el participante no descuelga o comunica, se pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta entregar un premio cada día.

Posteriormente Eurojuego Star se pondrá en contacto telefónicamente con el ganador dándole un plazo de diez (10) días, a contar desde la fecha de la comunicación, para la aceptación o negativa del premio. Se podrá exigir que la aceptación o renuncia se realice por escrito.  Eurojuego Star facilitará la forma de hacerlo.

De no aceptarse el premio en el plazo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el ganador renuncia al mismo. En ese caso los premios se destinarán a una Fundación Benéfica.

Los participantes de la promoción que hubieran resultado ganadores, aceptan que su nombre, apellidos e imagen y/o voz sea utilizada a efectos de hacer público, en su caso, los resultados de la promoción. Igualmente autorizan a la empresa organizadora a reproducir y utilizar su nombre y apellidos y otros datos, así como de su imagen, en cualquier actividad publi-promocional relacionada con la promoción en la que ha resultado ganador, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado.

Los ganadores deberán facilitar a EurojuegoStar, en los quince (15) días siguientes a su designación como ganadores, sus datos personales, fotocopia de su NIF y su número de cuenta bancaria donde percibirán el premio, en caso de que este sea en metálico. Asimismo, los organizadores solicitarán al ganador, el justificante telefónico correspondiente de que el SMS ha sido enviado o de que la llamada ha sido realizada y de que se encuentra al corriente de pago con la compañía telefónica, habiendo abonado el importe de dicha llamada o sms. Además, si el ganador no es titular de la línea telefónica desde la que se ha realizado la participación se requerirá la presentación de una autorización, por parte del titular para el uso de dicha línea en la participación en el concurso.

Los organizadores no se hacen responsables de las posibles pérdidas, irregularidades o defectos de los SMS y llamadas. Aquellos mensajes o llamadas telefónicas que tengan alguna irregularidad o no puedan ser legibles no se computarán como mensajes válidos a efectos del concurso. Cualquier reclamación a este respecto deberá ser planteada ante la operadora correspondiente.

Se requiere, en todo caso, la visibilidad del número de teléfono desde el que se envía el SMS para poder participar en los concursos.

El organizador podrá, discrecionalmente, restringir o limitar el acceso a los usuarios que presenten unas pautas de participación susceptibles de ser interpretadas como propensión anómala e injustificada hacia la participación en el concurso.

Asimismo, en virtud de velar por un correcto desarrollo de la promoción objeto de las presentes bases, en igualdad de condiciones para todos los concursantes y con objeto de que no puedan resultar beneficiarios de dos a más premios la misma persona que resulte ganadora, toda vez que haya resultado ganador un concursante, no podrá seguir participando en la misma promoción y, en consecuencia, optar a otro premio durante el plazo de un mes a contar desde que hubiese resultado ganador, extendiéndose la limitación de participación a los familiares del ganador hasta el segundo grado de parentesco ni personas que se detecten estén realizando una participación organizada y profesionalizada, anulando de este modo, los fines de la promoción y la igualdad de condiciones de los participantes. En consecuencia, el Organizador de la promoción, anulará todas las participaciones afectadas por lo expuesto anteriormente, y anulará, en el precitado supuesto, a los que resulten ganadores y por tanto, no será válido el premio obtenido.

La entrega de los premios obtenidos exigirá la apertura de un registro de usuarios a efectos de comprobar la no concurrencia de las prohibiciones subjetivas establecidas en el art. 6 de la Ley  13/2011 de 27 de mayo de regulación del juego.

El operador únicamente podrá abonar los premios obtenidos por los participantes que no estuvieran incursos en prohibición subjetiva. En todo caso, el operador se atendrá al procedimiento que establezca la Dirección General de Ordenación del Juego para la notificación de los supuestos en que un participante incurso en causa de prohibición subjetiva hubiera obtenido un premio, y a las medidas que, en su caso, hubieren de adoptarse en estos casos.

Séptima.- Mecánica

Los participantes deberán enviar un sms con la palabra clave que se indique en el concurso al número SMS Premium indicado en medio de comunicación durante la promoción.  De entre todas las participaciones correctas recibidas se realizarán varios sorteos al día para entregar premios en KISS FM.

En cada sorteo se extraerán los finalistas para cada premio y suplentes. Se llamará al finalista en directo, quien deberá descolgar antes del quinto tono de llamada y hacer el sonido de dar un beso que será perfectamente audible y reconocible. Queda a criterio del programa “LAS MAÑANAS KISS” determinar si el sonido ha sido correcto, y se identifica con un beso o no.

Si el finalista y/o suplentes no cogen el teléfono, no cumplen con la mecánica establecida, y/o la estructura del programa lo exige por tiempos de finalización, podrá acumularse el premio para el día siguiente.

Octava.- Premios

Los premios que componen el concurso son:

  • DIEZ (10) premios de entre cien y mil euros (100- 1.000 €).

 

  • El valor total de los premios a repartir es de seis mil (6.000 €).

Los premios no incluyen ningún tipo de extra ni aquello que no esté definido expresamente en las presentes bases.

La probabilidad teórica de obtener uno de los premios será la correspondiente a la división entre el número de participaciones válidas emitidas por un mismo usuario (hasta un máximo de 100 participaciones por concursante y día) dividido entre el total de participaciones de todos los usuarios.

Todos los premios estarán sujetos a las retenciones establecidas en la Ley.

El plazo de percepción de los premios en metálico se establece en el primer día del mes siguiente, una vez transcurridos 60 días naturales a contar desde el momento en que el participante de la promoción remita toda la documentación necesaria y solicitada por EurojuegoStar.

 

Novena.- Suspensión o cancelación del concurso

 

En caso de cancelación o interrupción definitiva del concurso por cualquier causa que impida el desarrollo, así como en el caso de suspensión o aplazamiento, EUROJUEGO STAR adoptará las medidas necesarias para evitar cualquier perjuicio al participante.

 

Décima.- Tratamiento de Datos personales

 

La organización dispondrá de un fichero de datos con la información remitida por cada participante y sus números de teléfono. Esta información quedará registrada de conformidad con la normativa aplicable. La finalidad por la que se procederá al registro de los datos de los participantes es la gestión de la presente promoción y el envío de comunicaciones comerciales de EUROJUEGO STAR relativas a su actividad de conformidad con el artículo 21 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

Undécima.- Protección de Datos y Confidencialidad.

 

A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, EUROJUEGO STAR informa a los Participantes de la incorporación de los datos de carácter personal que faciliten en ejecución de esta Iniciativa, a los ficheros automatizados titularidad de aquélla, así como del tratamiento automatizado al que van a ser sometidos con la finalidad de ser empleados tanto en actividades operativas o de gestión de esta iniciativa como para la realización de cualquier actividad publicitaria, promocional o de marketing relacionada con la presente Iniciativa, así como los servicios o los productos del titular. Los destinatarios de la información contenida en el fichero serán los servicios operativos y comerciales de EUROJUEGO STAR.

 

En cumplimiento de la ley 34/2002, le informamos de que se podrán utilizar sus datos de contacto para que le enviemos prospección comercial de EUROJUEGO STAR y de terceros.

 

EUROJUEGO STAR, con domicilio en Madrid, Calle Velázquez 50, 6ª planta, 28001 Madrid, como responsable del fichero, garantiza los participantes el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos facilitados, debiendo remitir su solicitud por escrito, junto con copia del DNI, a la Unidad de Protección de Datos. De igual modo, EUROJUEGO STAR se compromete, en la utilización de los datos incluidos en el fichero, a respetar su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con la finalidad del fichero.

 

En la petición, se deberá adjuntar la siguiente información:

 

– Nombre, apellidos y DNI en vigor.

– Iniciativa en la que ha participado.

 

– Derecho que desea solicitar y contenido de su petición.

 

– Número de teléfono sobre el que se desea ejercer el derecho anterior

 

Duodécima.- Atención de Reclamaciones

 

El participante podrá efectuar sus reclamaciones en relación con el concurso por cualquiera de estas vías:

 

Por escrito, mediante escrito enviado a EUROJUEGO STAR, S.A. – C/ Velázquez, 50, 6ª planta, Madrid 28001, a través de la web de EurojuegoStar  o través de una llamada número  902 210 230 del Servicio de Atención al Cliente.

 

De toda reclamación se acusará recibo al participante, facilitándole un número de referencia, que le será comunicado verbalmente si llama al SAC y confirmado por SMS o correo electrónico si el participante facilita esta información.

 

Se podrán presentar reclamaciones en los tres meses siguientes a la celebración del concurso.

La reclamación será resuelta expresamente en un plazo de un mes desde que sea recibida y notificará su decisión al participante bien por correo postal, bien por correo electrónico bien por SMS, según haya elegido el participante.

 

Se informa al participante que una vez resuelta la reclamación o, en su caso, transcurrido un mes desde la presentación de la aquella sin que aquél hubiera comunicado su decisión, el participante podrá formular reclamación ante la Dirección  General de Ordenación del Juego que resolverá en el plazo de dos meses contados desde la fecha en que la reclamación tuviera entrada en su registro.

 

El plazo de caducidad de los premios quedará interrumpido desde la fecha de recepción de la reclamación por el operador hasta la fecha en la que éste hubiera comunicado su decisión al reclamante o, en su caso, hasta la notificación de la resolución de la Dirección General de Ordenación del Juego.

 

 

 

Decimotercera.-Generales

 

  1. La participación en los concursos de KISS MEDIA supone la plena y total aceptación de estas Bases por parte de los participantes, que serán registradas ante Dirección General de Ordenación del Juego. Ante posibles dudas en la interpretación de estas Bases prevalecerá el criterio de los organizadores. Cualquier manifestación en sentido contrario, es decir, de no aceptación de las mismas, implicará la exclusión del participante y, como consecuencia de la misma, EurojuegoStar, quedará liberado del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.

 

  1. EurojuegoStar, se reserva el derecho de anular el concurso en cualquier momento, por causas que así lo justifiquen; supuesto en el que aquellas no podrán hacer uso de los datos facilitados por los concursantes.

 

  1. EurojuegoStar se reserva el derecho de excluir a aquellos concursantes cuya conducta lo haga aconsejable para el buen desarrollo de la promoción.

 

  1. EurojuegoStar se reserva el derecho a modificar las presentes Bases en caso de que se aprecie, justificadamente, la concurrencia de circunstancias que pudieran influir en la objetividad y transparencia del concurso. En tal caso, las modificaciones se elevarán de nuevo a público.

 

  1. Cualquier incidencia que pueda surgir y que no se refleje en estas Bases será resuelta por EurojuegoStar, según su saber y mejor criterio.

 

  1. La participación en dicha promoción supone la aceptación de las presentes bases incluida la aplicación de la normativa fiscal que resulte de obligatoria aplicación.

 

  1. La participación en esta promoción implica la renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderle aceptando los Tribunales y Juzgados de Madrid como competentes para dilucidar cualquier reclamación.

 

Y para que conste ante quien proceda firmo la presente en Madrid, a 5 de diciembre de 2016